¿Cómo pagas tus facturas de 2 mil pesos o más?

 

 

El articulo 172 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta establece como uno de los requisitos para que las deducciones sean validas lo siguiente:

 

"V. Estar amparada con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00, se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, debito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el servicio de administración tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado.

 

Los pagos que en los términos de esta fracción deban efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, también podrán realizarse mediante traspasos de cuentas en instituciones de crédito o casas de bolsa del propio contribuyente."

 

Por esta razón cualquier factura o recibo por $2,000.00 o más deberá ser liquidada por alguno de los medios ya mencionados, de lo contrario el SAT puede eliminar dichos comprobantes de nuestras declaraciones.

 

De igual forma si se obtiene saldo a favor y se piensa tramitar una devolución este es uno de los puntos que el SAT considera para aprobar dichas devoluciones, por lo que si tienes comprobantes de $2,000.00 o más pagados en efectivo la recomendación es no presentarlos ya que no son validos.

 

Ahora cada que realices una compra o solicites un servicio por $2,000.00 o más no olvides pagar con uno de los medios autorizados y NO EN EFECTIVO, evita problemas y cumple con las disposiciones fiscales.

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